Afectación a vivienda familiar
Protección legal sobre la vivienda familiar que exige la firma de ambos cónyuges o compañeros permanentes para su enajenación.
Validación
Validación jurídica por notario competente
Tiempo
Variable según validación documental
Costo
Según tarifa notarial vigente
Esta protección la ordena la ley sobre la vivienda que habita la pareja casada o en unión marital durante al menos dos años.
Los cónyuges o compañeros permanentes pueden decidir no someter su vivienda a esta protección.
La afectación a vivienda familiar puede hacerse al momento de comprar la vivienda o tiempo después.
Requisitos
- 1Documentos de identificación de los cónyuges o compañeros permanentes.
- 2Si el dueño de la vivienda es uno de los cónyuges, para protegerla debe firmar el otro cónyuge o compañero permanente.
- 3Certificado de libertad de la vivienda.
Para cancelar la afectación
- 1Documentos de identificación de los cónyuges o compañeros permanentes.
- 2Escritura pública donde aparece la protección de la vivienda.
- 3Declaración oral de ambos cónyuges o compañeros permanentes ante el notario.
- 4Si uno de ellos ha fallecido, certificado de defunción.
Notas Importantes
- •Tiempo estimado de entrega: consultar con el notario, ya que depende del control de legalidad.
- •Costo: sí. Según tarifa notarial.
Preguntas frecuentes
Para constituir la afectación a vivienda familiar en la Notaría Primera de Barranquilla se requieren los documentos de identidad vigentes de los cónyuges o compañeros permanentes que intervienen y el certificado de libertad del inmueble que se quiere proteger. Si el bien pertenece a uno solo de los cónyuges, debe comparecer también el otro para expresar su voluntad de constituir la protección. La notaría verifica que el inmueble sea la vivienda habitual de la pareja y que cumpla las condiciones legales para quedar bajo esta figura. También puede hacerse en el momento de la compraventa, incorporándola directamente en la escritura de adquisición. En ese caso los soportes del inmueble ya forman parte del acto principal y no necesitan aportarse por separado.